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Polémica: JCE presenta cargos contra ACD Media por publicar encuestas

La Junta Central Electoral (JCE) inició un procedimiento administrativo sancionador contra la firma encuestadora ACD Media, S.R.L., por la presunta publicación y difusión de encuestas electorales fuera del período establecido en el reglamento aprobado por el organismo en mayo de este año. La medida marca el inicio de un proceso administrativo que, por el momento, no constituye una declaración definitiva de responsabilidad, sino el comienzo de una investigación formal.

La actuación fue ordenada por la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales y Medidas Cautelares, luego de que el Pleno de la JCE remitiera el expediente para investigar dos estudios de opinión atribuidos a ACD Media, publicados el 1 de junio y el 13 de julio de 2026 en Diario Libre.

De acuerdo con el órgano electoral, ambas encuestas contenían mediciones sobre simpatía partidaria, intención de voto y preferencias presidenciales con miras a las elecciones de 2028, por lo que, de manera preliminar, fueron consideradas estudios de carácter político-electoral.

La JCE sostiene que estas publicaciones se realizaron después de la entrada en vigencia del Reglamento sobre Encuestas, el pasado 22 de mayo de 2026, pero antes del inicio oficial de la precampaña, período en el que sí estaría autorizada la difusión de este tipo de sondeos.

El artículo 13 del reglamento prohíbe expresamente la publicación de encuestas con fines electorales fuera de los plazos establecidos y contempla como sanción la suspensión temporal del registro de la empresa encuestadora entre seis meses y un año. La cancelación definitiva solo aplicaría en caso de reincidencia.

Como parte del procedimiento, ACD Media dispondrá de un plazo de diez días calendario para presentar su defensa, aportar pruebas y exponer sus argumentos jurídicos antes de que la JCE adopte una decisión definitiva.

La apertura del expediente reavivó el debate sobre la legalidad del reglamento aprobado por la JCE, ya que distintos juristas consideran que la institución estaría imponiendo restricciones que exceden las facultades otorgadas por la legislación vigente.

La Ley 20-23 de Régimen Electoral establece que la prohibición para difundir encuestas electorales solo aplica durante los ocho días previos a las elecciones y hasta cinco horas después del cierre de las votaciones. Por su parte, la Constitución dominicana, en su artículo 49, garantiza el derecho de toda persona a buscar, recibir y difundir informaciones por cualquier medio.

Diversos especialistas entienden que esta diferencia entre la ley y el reglamento ha provocado un conflicto jurídico que deberá ser resuelto por los tribunales competentes. El caso también plantea un importante debate sobre el equilibrio entre la regulación electoral y la libertad de información, un aspecto que podría sentar precedentes para futuros procesos electorales en el país.

Recursos legales siguen pendientes en el Tribunal Constitucional

Las críticas al reglamento no provienen únicamente de ACD Media. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) cuestionó desde su aprobación la prohibición de publicar encuestas antes de la precampaña, argumentando que la restricción carece de respaldo legal expreso y podría afectar derechos fundamentales como la libertad de empresa y el acceso ciudadano a información de interés público.

Asimismo, Participación Ciudadana presentó un recurso de reconsideración solicitando la eliminación del artículo que contiene la prohibición, mientras que la miembro titular de la JCE, Hirayda Marcella Fernández Guzmán, también expresó observaciones sobre la constitucionalidad del reglamento.

Posteriormente, el Pleno de la JCE decidió aplazar el conocimiento de esos recursos hasta que existiera una decisión judicial. Sin embargo, el presidente del organismo, Román Jáquez Liranzo, aclaró que esa determinación no suspendía la vigencia del reglamento.

Finalmente, el Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer la impugnación y remitió el expediente al Tribunal Constitucional, al considerar que corresponde al control concentrado de constitucionalidad. Esta decisión también fue objeto de cuestionamientos por parte de juristas y de Finjus, quienes sostienen que el TSE sí tenía competencia para analizar la legalidad del reglamento.

La controversia permanece abierta y el fallo que eventualmente emita el Tribunal Constitucional podría definir el alcance de las facultades regulatorias de la JCE y establecer un precedente sobre la publicación de encuestas electorales en la República Dominicana.

Por: Noticonexion

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