La subcomisión designada para agilizar los trabajos del nuevo Código Penal recomendó modificar únicamente seis artículos, luego de analizar más de 90 propuestas presentadas por distintos sectores de la sociedad. El informe será sometido a la consideración de la comisión bicameral, que continúa evaluando el proyecto antes de rendir su informe al pleno de la Cámara de Diputados.
El documento fue elaborado por el senador Pedro Catrain (PRM-Samaná) y los diputados Mayobanex Martínez (PLD-Santiago) y Rosendy Polanco (PRM-Montecristi). Según explican, la mayoría de las observaciones ya habían sido incorporadas previamente, por lo que las recomendaciones finales se concentran en los artículos 8, 11, 124, 127, 207 y 269.
La revisión representa una nueva etapa en uno de los proyectos legislativos más debatidos de los últimos años, debido al impacto que tendría sobre el sistema de justicia y diversos temas de interés nacional.
Violencia de género y perjurio entre las principales modificaciones
Uno de los cambios más relevantes recae sobre el artículo 127, relacionado con la violencia de género. Mientras la versión vigente del proyecto define este delito como cualquier conducta que provoque daño físico, psicológico o sexual por razón del sexo de la víctima, la propuesta de la subcomisión plantea limitar esa figura penal exclusivamente a los casos en que la víctima sea una mujer.
En cuanto al artículo 124, se mantiene la clasificación de las distintas formas de violencia intrafamiliar, incluyendo la violencia física, psicológica, económica, patrimonial, verbal y por intimidación. También permanecen las sanciones previstas, que van desde dos hasta cinco años de prisión menor para determinadas modalidades de violencia y de cinco a diez años de prisión mayor cuando exista agresión física.
La subcomisión también propone modificar el artículo 207, relativo al perjurio, estableciendo nuevas penas para quienes rindan declaraciones falsas bajo juramento. Las sanciones variarían según el tipo de perjuicio ocasionado, diferenciando los casos de naturaleza patrimonial de aquellos que produzcan otros daños.
La discusión sobre estas modificaciones refleja la complejidad de actualizar una legislación penal que responda tanto a las nuevas realidades sociales como a las garantías constitucionales, procurando un equilibrio entre la protección de los derechos fundamentales y la aplicación efectiva de la justicia.
Cambios para empresas y protección de la propiedad
Otro de los artículos propuestos para modificación es el 269, que sanciona la violación de propiedad mediante el ingreso sin autorización a inmuebles urbanos o rurales, públicos o privados. La norma mantiene penas de uno a dos años de prisión menor y multas de tres a seis salarios mínimos del sector público para quienes incurran en esta conducta.
Asimismo, la subcomisión recomienda revisar los artículos 8 y 11, que introducen un régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas, una de las novedades más importantes del proyecto de Código Penal.
El artículo 8 establece que las empresas podrán responder penalmente por delitos cometidos por sus representantes, órganos o subordinados cuando exista incumplimiento en los deberes de supervisión, dirección o control. También contempla circunstancias que podrían atenuar o excluir esa responsabilidad, como la implementación de programas efectivos de cumplimiento normativo, la reparación del daño y la cooperación con las autoridades.
Por su parte, el artículo 11 dispone que dicha responsabilidad podría extenderse a empresas matrices o controlantes cuando se demuestre que participaron, autorizaron, toleraron o se beneficiaron de la infracción cometida por una sociedad vinculada.
Comisión bicameral continúa el análisis del proyecto
El informe señala que las mayores observaciones recibidas durante el proceso de consulta estuvieron relacionadas con los artículos referentes a lesiones que ocasionan la muerte, aborto, difamación, responsabilidad penal de las personas jurídicas y ultraje.
Según el documento, el 30.3 % de las propuestas provino de gremios y personas físicas; el 21.3 % de asociaciones, federaciones y organizaciones no gubernamentales; el 7.9 % de diputados; otro 7.9 % de médicos y otros profesionales; el 6.7 % de colegios profesionales; el 5.6 % de organizaciones de mujeres; otro 5.6 % de abogados y el 4.5 % de un grupo de ciudadanos firmantes.
La comisión bicameral permanece reunida evaluando las recomendaciones de la subcomisión y tiene previsto continuar las sesiones con el objetivo de concluir el informe que será presentado ante la Cámara de Diputados.
La decisión que adopte el Congreso sobre estas modificaciones será determinante para el futuro del Código Penal, una legislación que ha permanecido durante años en debate y cuya aprobación marcaría un cambio significativo en el marco jurídico de la República Dominicana.
Por: Noticonexion