Una reforma entre la urgencia y la controversia
El Senado de la República enfrenta una carrera a contrarreloj para aprobar en segunda lectura la reforma al Código Procesal Penal, presionado por una sentencia del Tribunal Constitucional que le da hasta diciembre para concluir el proceso legislativo. Si no lo hace, volvería a entrar en vigor el Código del 2002, considerado obsoleto y desfasado frente a las nuevas dinámicas del sistema judicial.
Sin embargo, más allá del plazo, el proyecto ha levantado una oleada de críticas jurídicas, con opiniones como la de Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente de Finjus, y el abogado constitucionalista Nassef Perdomo, por supuestas inconsistencias constitucionales y por un déficit de consenso previo.
Aunque el Senado asegura que escuchó a todos los sectores, los abogados expertos advierten que la versión aprobada en primera lectura podría repetir errores que afectarían la práctica judicial. El debate, más que técnico, se ha convertido en una reflexión sobre la forma en que el país legisla su justicia: con prisa, presión y poca apertura al diálogo.
El artículo 25: una posible grieta constitucional
Uno de los puntos más cuestionados es el artículo 25 del proyecto, que regula la interpretación de las normas procesales. En su redacción actual, el texto introduce la posibilidad de aplicar la “analogía” y la “interpretación extensiva” para favorecer no solo al imputado, sino también a otras partes del proceso.
En el código vigente, la analogía está permitida únicamente a favor del imputado, no para beneficiar los derechos de las otras partes del proceso, como dispuso el Senado en su aprobación en primera lectura.
El abogado constitucionalista Nassef Perdomo advirtió que esta modificación rompería el equilibrio entre acusación y defensa, desnaturalizando el principio de que es el imputado —y no la víctima— quien enfrenta la pérdida de su libertad. A su juicio, el cambio contradice sentencias previas del Tribunal Constitucional y podría invalidar el nuevo texto si se mantiene tal como está.
Finjus alerta sobre inconstitucionalidades y falta de consenso
En esa misma línea, Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo de Finjus, alertó que varios artículos del texto aprobado “contradicen sentencias del Tribunal Constitucional”. Entre ellos mencionó la analogía procesal y la ampliación de los plazos, lo que podría convertir los juicios en procesos “indefinidos”.
Castaños Guzmán consideró que el proyecto, de aprobarse tal como está, “podría ser objeto de una nueva acción de inconstitucionalidad”, repitiendo lo ocurrido con el Código Penal anterior. También criticó que el proceso de discusión no haya sido amplio, pues debió involucrar a jueces, fiscales, academia y al Colegio de Abogados. Recordó que la última gran reforma procesal tomó cinco años de debate nacional, en contraste con la actual celeridad legislativa.
Ambos juristas también cuestionaron el aumento de los plazos procesales, que, según explicaron, ahora quedarían indefinidos, lo que afectaría la eficiencia del sistema penal dominicano.
El Senado defiende la transparencia del proceso
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, defendió el trabajo de la comisión especial, asegurando que ha sido “amplio, participativo y transparente”. Indicó que el texto fue reenviado a la comisión de Justicia antes de aprobarse en segunda lectura, con el objetivo de revisar observaciones y recoger aportes de la Suprema Corte, la Procuraduría y otros organismos judiciales.
De los Santos insistió en que el Congreso trabaja con responsabilidad, aunque reconoció que el tiempo apremia, ya que el plazo vence en diciembre y, de no aprobarse, volvería a aplicarse el Código de 2002. Recordó que la Constitución faculta al Congreso a conocer los proyectos en dos lecturas, y aseguró que el informe final será presentado en los próximos días.
Novedades y desafíos del nuevo texto
Entre las principales novedades del proyecto figuran artículos que amplían los derechos de las víctimas, establecen límites más claros a la prisión preventiva y regulan medidas alternativas como los brazaletes electrónicos. El artículo 27, por ejemplo, garantiza asistencia legal gratuita a las víctimas, mientras que el 29 introduce el concepto de reiteración delictiva, que restringe beneficios a reincidentes.
Asimismo, el artículo 238 limita la prisión preventiva en adultos mayores, embarazadas o enfermos terminales, y el 243 dispone su revisión cada tres meses. El artículo 41 redefine la suspensión condicional del procedimiento, aplicable solo a delitos menores.
No obstante, el proyecto aún debe pasar por la Cámara de Diputados, donde podría ser modificado. Si eso ocurre, volvería al Senado, lo que podría retrasar el proceso más allá del plazo establecido por el Tribunal Constitucional.
Por: Noticonexion