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Diputados introducen cambios clave a la libertad de expresión en el nuevo Código Penal

La Cámara de Diputados aprobó en primera discusión un conjunto de modificaciones al Código Penal con el propósito de corregir varios artículos que habían generado preocupación entre periodistas, medios de comunicación, abogados y organizaciones defensoras de la libertad de expresión.

Aunque el texto comparado aún no ha sido publicado oficialmente, las informaciones ofrecidas por la comisión bicameral y el Poder Ejecutivo permiten identificar ajustes dirigidos a fortalecer las garantías constitucionales del derecho a informar y opinar, sin eliminar los delitos de difamación e injuria del ámbito penal.

Uno de los principales ajustes recae sobre el artículo 208, referente al delito de difamación. La versión anterior fue cuestionada por mantener una definición considerada demasiado amplia, lo que, según diversos sectores, podía facilitar acciones penales contra expresiones relacionadas con asuntos de interés público.

También fue modificada la redacción del artículo 209, que tipifica la difamación extorsiva. Con el nuevo enfoque se procura limitar su aplicación a los casos en que exista la intención de obtener beneficios económicos o cualquier otra ventaja mediante amenazas de divulgar determinada información, diferenciando claramente esta conducta del ejercicio legítimo del periodismo investigativo.

El cambio considerado de mayor trascendencia corresponde al artículo 211, relativo a las causas de exclusión de responsabilidad. La nueva propuesta amplía y precisa las situaciones en las que opiniones, críticas y denuncias emitidas dentro del marco constitucional no podrán ser consideradas difamatorias, ofreciendo una mayor protección a periodistas, abogados, académicos y ciudadanos que participen en debates de interés público.

Estos ajustes reflejan la intención de equilibrar la protección del honor con el respeto al derecho de informar, un aspecto que ha ocupado el centro del debate jurídico durante la discusión del nuevo Código Penal.

Los legisladores también modificaron el artículo 192, relacionado con la difusión ilícita de contenido íntimo. La versión inicial despertó inquietud porque podía afectar publicaciones de imágenes, videos o audios cuya divulgación respondiera a un evidente interés público.

Con la reforma, el tipo penal queda enfocado en la difusión no autorizada de contenido estrictamente privado o íntimo, evitando que pueda utilizarse para limitar investigaciones o publicaciones periodísticas de relevancia social.

Asimismo, fue revisado el artículo 310, que sanciona el ultraje en el ámbito jurisdiccional. Diversos juristas habían advertido que su redacción original podía servir para perseguir penalmente críticas dirigidas contra jueces o funcionarios judiciales.

La modificación busca restringir el alcance de esa disposición para impedir que sea utilizada como una herramienta que limite las críticas legítimas al funcionamiento del sistema de justicia.

A pesar de las modificaciones, el Código Penal mantiene como infracciones penales los delitos de difamación e injuria. Las reformas no trasladan estas conductas exclusivamente al ámbito civil, sino que procuran establecer con mayor claridad cuándo existe responsabilidad penal y cuándo debe prevalecer el ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

No obstante, especialistas consideran que el verdadero alcance de los cambios solo podrá evaluarse cuando la Cámara de Diputados publique el texto comparado con la redacción definitiva de cada artículo.

Ese documento permitirá verificar si fueron incorporadas plenamente las observaciones formuladas por distintos sectores, entre ellos la Sociedad Dominicana de Diarios, el Colegio de Abogados y la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus), que habían solicitado mayores garantías para el ejercicio del periodismo y la crítica pública.

El debate también seguirá centrado en principios jurídicos como la exceptio veritatis, que permite demostrar la veracidad de una imputación cuando esta se refiere a asuntos de interés público, así como en la protección reforzada de las críticas dirigidas a funcionarios públicos y las garantías para el periodismo de investigación. La discusión demuestra que la búsqueda de un equilibrio entre la protección de la reputación y la defensa de la libertad de expresión continúa siendo uno de los mayores retos del proceso de reforma penal en el país.

Por: Noticonexion

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