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Tribunal de apelaciones limita las deportaciones de migrantes a terceros países bajo el gobierno de Trump

Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos confirmó en gran medida este viernes, 18 de septiembre de 2026, un fallo que limita la política del gobierno de Donald Trump para deportar a migrantes a terceros países, es decir, naciones que no son aquellas de las que son ciudadanos.

El panel de tres jueces del Primer Circuito de Apelaciones, con sede en Boston, determinó que las personas que puedan ser enviadas a un tercer país deben recibir un aviso efectivo y con suficiente antelación sobre su posible destino. Además, deben contar con una oportunidad significativa para plantear sus temores de persecución o tortura antes de ser deportadas.

La decisión se produce en medio de una política migratoria de la administración Trump que ha recurrido cada vez más a los llamados terceros países para ejecutar expulsiones cuando el país de origen de una persona no la acepta.

El juez Seth Aframe, quien escribió la opinión en nombre del panel unánime, señaló que el derecho de una persona a cuestionar su expulsión por temor a ser perseguida pierde sentido si no conoce previamente el país al que será enviada y no dispone de una oportunidad real para impugnar ese destino.

El razonamiento del tribunal se relaciona directamente con las protecciones establecidas por la legislación estadounidense frente a la persecución y la tortura. En términos prácticos, el fallo establece que el gobierno no puede convertir la elección de un tercer país en una decisión que el migrante conozca únicamente cuando la deportación ya está a punto de ejecutarse. 

El caso tiene especial relevancia porque la política del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) permitía procedimientos acelerados. Según documentos judiciales citados por medios estadounidenses, en determinadas circunstancias los migrantes podían recibir un aviso de apenas seis horas, mientras que en otros casos el gobierno sostenía que podía efectuar la expulsión sin aviso previo cuando existían garantías diplomáticas de seguridad por parte del país receptor.

El tribunal, sin embargo, consideró que esas garantías no eliminan por sí solas la necesidad de ofrecer a los afectados una oportunidad significativa para presentar sus propias objeciones.

Las deportaciones a terceros países se han convertido en una herramienta importante dentro de la estrategia migratoria de la administración Trump. De acuerdo con registros públicos citados por The Washington Post, más de 25.000 migrantes habían sido enviados a terceros países desde el inicio del segundo mandato de Trump, incluidos destinos de América Latina y África.

La administración ha defendido esta práctica argumentando que algunos países de origen se niegan a recibir nuevamente a determinadas personas sujetas a órdenes finales de deportación. El gobierno también sostiene que los terceros países permiten ejecutar expulsiones que de otra manera resultarían difíciles de realizar.

La controversia jurídica gira, por tanto, alrededor de una cuestión concreta: cómo puede aplicar el gobierno una orden de expulsión cuando el destino final no es el país de origen y existe la posibilidad de que la persona enfrente persecución o tortura en el nuevo país.

El fallo del Primer Circuito no eliminó toda posibilidad de deportación a terceros países. Lo que hizo fue establecer requisitos procesales que deben cumplirse antes de que esas expulsiones puedan llevarse a cabo. Además, el tribunal rechazó una parte del fallo anterior que habría obligado al DHS a priorizar determinados países como destinos de deportación.

La decisión representa un nuevo capítulo de una disputa judicial que comenzó en 2025, cuando migrantes afectados por la política presentaron una demanda colectiva contra el gobierno federal.

Un tribunal de distrito de Massachusetts, dirigido por el juez Brian Murphy, había determinado en febrero de 2026 que la política del DHS era ilegal. La administración Trump apeló posteriormente esa decisión ante el Primer Circuito.

Ahora, el gobierno tiene la posibilidad de solicitar una revisión ante el propio Primer Circuito o recurrir ante la Corte Suprema de Estados Unidos, por lo que el conflicto jurídico podría continuar.

La importancia del fallo trasciende el caso concreto: la disputa plantea hasta dónde llegan las garantías de debido proceso cuando Estados Unidos intenta expulsar a una persona hacia un país con el que no tiene una relación de ciudadanía o residencia. Mientras el gobierno defiende la necesidad de contar con alternativas para ejecutar las órdenes de deportación, los demandantes sostienen que conocer el destino y poder presentar objeciones relacionadas con la seguridad son elementos esenciales del procedimiento legal. 

Por: Noticonexion/efe/afp

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